MTSS es una iniciativa de educación general, por favor vea el Currículo e Instrucción para más información.
Disciplina de los alumnos con discapacidades y planes 504/Conducta indebida de los alumnos con discapacidades
El Distrito cumplirá con la Ley de Educación para Personas con Discapacidades, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y los Reglamentos de la Junta de Educación del Estado de Illinois al disciplinar a estudiantes con discapacidades. No se expulsará a ningún alumno discapacitado si el acto concreto de desobediencia grave o mala conducta del alumno es una manifestación de su discapacidad.
Tiempo Fuera Aislado, Tiempo Fuera y Restricción Física
El tiempo fuera aislado, el tiempo fuera, y la restricción física sólo se usarán si el comportamiento del estudiante presenta un peligro inminente de daño físico serio al estudiante o a otros, y otras medidas menos restrictivas e intrusivas fueron intentadas y probadas ineficaces en detenerlo. La Escuela no puede usar tiempo fuera aislado, tiempo fuera, o restricción física como disciplina o castigo, conveniencia para el personal, represalia, como sustituto de apoyo educacional o de comportamiento apropiado, un asunto rutinario de seguridad, o para prevenir daño a la propiedad en la ausencia de peligro inminente de daño físico serio al estudiante u otros. Se prohíbe el uso de la contención en decúbito prono.
Físico Plan de restricción física y tiempo fuera
Intervenciones conductuales (Política 7:230)
Las intervenciones conductuales se utilizarán con los alumnos con discapacidades para promover y reforzar las conductas deseables y reducir las conductas inadecuadas identificadas. La Junta Escolar establecerá y mantendrá un comité para desarrollar, implementar y supervisar los procedimientos sobre el uso de intervenciones conductuales para niños con discapacidades.
El Distrito se compromete a proporcionar un ambiente de aprendizaje para todos los estudiantes que conduzca al crecimiento académico y socio-emocional. El personal del Distrito intervendrá y apoyará a los estudiantes de la manera menos restrictiva posible que sea consistente con el comportamiento del estudiante. Las intervenciones conductuales deben incluir una variedad de técnicas que ayuden a apoyar el comportamiento del alumno dentro del entorno escolar. Las intervenciones en el comportamiento incorporarán procedimientos y métodos coherentes con las prácticas en el campo de la intervención en el comportamiento. El personal de la escuela debe utilizar intervenciones positivas para remediar la conducta inadecuada del alumno. El uso de intervenciones restrictivas sólo debe usarse cuando las intervenciones positivas no han tenido éxito en mejorar el comportamiento del estudiante. El Distrito 118 supervisará el uso de cualquier intervención restrictiva de acuerdo con las políticas de nuestra junta, el Código Escolar y los requisitos de la Junta de Educación del Estado de Illinois (ISBE). El Distrito proporcionará oportunidades continuas de desarrollo al personal en lo que respecta a la gestión de la conducta, las prácticas informadas sobre traumas, las estrategias de desescalada y las prácticas restaurativas.
Un plan de intervención del comportamiento puede ser escrito para estudiantes cuyo comportamiento interrumpe perceptiblemente la capacidad del estudiante, o la capacidad de otros estudiantes, de beneficiarse educativo. Un plan de intervención en el comportamiento (BIP) se basará en una evaluación funcional del comportamiento (FBA) e incluirá estrategias de intervención positiva en el comportamiento y apoyos para hacer frente a la conducta inapropiada. La Evaluación del Comportamiento Funcional (FBA) es un proceso para identificar comportamientos problemáticos y desarrollar intervenciones positivas de comportamiento para mejorar o eliminar esos comportamientos. La realización de una FBA requerirá el consentimiento informado por escrito de los tutores/padres. Todas las salvaguardias y protecciones procesales serán aplicables durante la creación e implementación de los planes de intervención conductual, así como la resolución de cualquier disputa.
Estas intervenciones y procedimientos han sido desarrollados después de revisar y considerar las directrices de la Junta de Educación del Estado de Illinois (ISBE) centradas en las intervenciones conductuales. ISBE se encuentra en 100 N. First St., Springfield, IL 62777. El Distrito establecerá un comité asesor de padres y maestros para asistir a la administración en el monitoreo y desarrollo (o revisión) de las políticas y procedimientos relacionados con las intervenciones conductuales.